Seguro Vida Ley
Es un seguro obligatorio modificado por el Decreto de Urgencia Nº 044-2019 y regulado por el Decreto Supremo Nº 009-2020-TR que debe ser contratado por el empleador para sus trabajadores desde el primer día de la relación laboral. Tiene cobertura de 16 remuneraciones mensuales asegurables por muerte natural y de 32 remuneraciones mensuales asegurables por muerte accidental e invalidez total y permanente por accidente.
Requisitos
- RUC o DNI del contratante.
- Planilla de trabajadores: nombre completos, número de DNI, fecha de nacimiento, remuneración, ocupación (trabajo que realiza).
- Declaración Jurada notarial de beneficiarios.

Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué es la remuneración asegurable?
La remuneración asegurable es la remuneración que consta en los libros de planillas y boletas de pago del trabajador hasta el tope de la remuneración máxima asegurable establecida para efectos del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en el sistema privado de pensiones.
2. ¿Qué coberturas adicionales tiene el seguro de Vida Ley?
- Fallecimiento por cáncer.
- Desgravamen.
- Desamparo familiar súbito.
- Accidente Cerebro Vascular.
Infarto al miocardio. - Ceguera y sordera por accidente.
- Incapacidad para el trabajo.
- Reembolso por gastos de sepelio, entre otras.
3. ¿El seguro Vida Ley tiene periodo de carencia?
No existe periodo de carencia para este seguro.
4. ¿Quiénes son mis beneficiarios si cuento con un seguro de Vida Ley?
En caso de fallecimiento, tus beneficiarios directos serán tu cónyuge e hijos. Sin embargo, si estos faltaran, la indemnización correspondería a tus padres y hermanos menores de 18 años. O también tu conviviente previa presentación de la declaración de concubinato.
5. ¿Quién paga el seguro de Vida Ley?
El pago del seguro lo realiza el empleador en calidad de contratante.
6. ¿Qué pasa si dejo de trabajar en esa empresa, puedo mantener el seguro Vida Ley?
Sí, en caso de cese cuentas con 30 días calendario siguientes al término de la relación laboral para solicitar la continuidad de tu seguro de Vida Ley.