Seguro de Transporte Nacional
Dirigido a personas naturales, empresa comerciales, industriales, de servicios y en general todo tipo de empresas que requieran asegurar el traslado de su mercadería.

Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué es una póliza de seguro de transporte nacional?
Es aquel contrato de seguros por medio del cual la aseguradora asume los riesgos de daños y pérdidas materiales imprevistas a los objetos transportados en caso de traslado por vía terrestre, aérea o marítima dentro del territorio nacional, para los riesgos que estén expresamente contratados. Este seguro puede ser contratado por cualquier persona que tenga un interés sobre las mercaderías transportadas (empresas privadas, públicas o personas naturales).
2. ¿Qué medios de transporte pueden incluir las pólizas de seguro de transporte nacional?
El seguro de transporte nacional puede comprender una serie de modalidades (separadas o en conjunto) tales como:
Marítimo: aseguramiento de la mercancía durante la navegación en buques o embarcaciones también ampara vía fluvial y lacustre.
Terrestre: seguro para la mercancía durante el transporte efectuado por ferrocarril o por camión.
Aéreo: seguro para la mercancía transportada por aeronave en vuelo de itinerario regular.
3. ¿Cómo se determina el valor asegurable?
El valor asegurable deberá corresponder al valor que tengan los bienes o mercaderías en el momento de su entrega a la empresa transportadora, de acuerdo a los siguientes conceptos:
- Valor de la mercadería
- Fletes
- Demás gastos inherentes al transporte (sobreseguro).
4. ¿Cuál es la vigencia de un seguro de transporte de carga?
La cobertura del riesgo de transporte se inicia desde el momento en que los bienes asegurados quedan a cargo del medio de transporte designado y termina con la entrega al destinatario en el lugar de destino final.
5. ¿Quiénes son los clientes de este seguro de transporte nacional?
Como clientes potenciales del Seguro de Transporte de mercaderías, encontraríamos a grandes industrias, fabricantes, importadores exportadores, mayoristas, minoristas, intermediarios, personas individuales, etc, siempre y cuando tengan interés asegurable sobre la mercadería.
6. ¿Cabe la posibilidad de asegurar un transporte que es una continuación de otro?
Como norma general, para poder asegurar un transporte complementario de otro, ya sea aéreo, marítimo o por ferrocarril, es condición indispensable que el seguro se haga cargo del transporte desde su inicio.