Lucro Cesante
Cubre las pérdidas o ganancias dejadas de percibir a causa de un siniestro y es una cobertura complementaria de los seguros multiriesgo.
Requisitos
- Datos del contratante
- Ubicación y descripción del riesgo
- Valor Declarado
- Suma Asegurada

Preguntas Frecuentes
1. ¿Que cubre este seguro?
Cubre la pérdida de beneficios es decir la ganancia dejada de percibir producida por una paralización del negocio a causa de un siniestro amparado bajo la póliza de Incendio y/o Rayo y que afecta la edificación, contenidos, existencias, y en general todos los bienes amparados en la póliza de Incendio y/o Rayo.
2. ¿Se puede contratar el seguro de lucro cesante sin contratar la póliza de Incendio y/o Rayo?
No, Para contratar el seguro de Lucro Cesante DEBO CONTRATAR la póliza de Incendio y/o Rayo.