Lucro Cesante

Cubre las pérdidas o ganancias dejadas de percibir a causa de un siniestro y es una cobertura complementaria de los seguros multiriesgo. 

 

Requisitos

  • Datos del contratante
  • Ubicación y descripción del riesgo
  • Valor Declarado
  • Suma Asegurada

Preguntas Frecuentes

1. ¿Que cubre este seguro?

Cubre la pérdida de beneficios es decir la ganancia dejada de percibir producida por una paralización del negocio a causa de un siniestro amparado bajo la póliza de Incendio y/o Rayo y que afecta la edificación, contenidos, existencias, y en general todos los bienes amparados en la póliza de Incendio y/o Rayo.

2. ¿Se puede contratar el seguro de lucro cesante sin contratar la póliza de Incendio y/o Rayo?

No, Para contratar el seguro de Lucro Cesante DEBO CONTRATAR la póliza de Incendio y/o Rayo.